martes, 17 de marzo de 2009

Los Poderes del Estado Colombiano

El Estado y las ramas del poder público

Desde que nace, cada ser humano está en relación permanente con el Estado. Unas veces por el contacto con oficinas públicas para la realización de trámites como el pago de impuestos, la gestión de documentos de Identidad, la prestación de servicios de educación y de salud o de servicios domiciliarios como el agua potable, el alcantarillado, la energía, la recolección de basuras y el gas. Otra forma de relacionarse con el Estado es a través de sus funcionarios como el Presidente, el vicepresidente, los ministros, los congresistas, los jueces o miembros del ejército, puesto que sus decisiones y actuaciones afectan directa o indirectamente a la población.

Los colombianos nos relacionamos con el Estado desde nuestras múltiples necesidades y formas de organización, bien sea como empleados, desempleados, oficinistas, obreros o estudiantes, que pertenecemos a organizaciones sociales, grupos, comunidades educativas, o sindicatos, entre otras.

La Constitución de 1991 a la luz de hoy

Introdujo cambios significativos para la Participación de los colombianos; mientras estuvo vigente la Constitución de 1886, la participación de los ciudadanos en los asuntos del país fue muy restringida.

Como circunstancia opuesta a estas limitaciones, se puede ver la composición pluralista de la Asamblea Constituyente de 1991, que incluyó a las minorías étnicas, a miembros de los movimientos estudiantiles y sindicales, y a representantes de algunas fuerzas insurgentes como el M-19, el EPL, Movimiento Quintín Lame y otros que se habían desmovilizado como producto de una negociación exitosa iniciada durante el gobierno del presidente Belisario Betancur.

La Constitución de 1991 tuvo que hacer frente a factores esenciales de la crisis colombiana, expresados en la exclusión y la injusticia social, la intolerancia, las limitaciones a la participación política y las violaciones a los Derechos Humanos, entre otros aspectos. Así buscó establecer un Orden constitucional que controlara la arbitrariedad estatal, favoreciera la participación de nuevas fuerzas políticas, estimulara el pluralismo y lograra mayor justicia social.

Algunas de las promesas constituyentes no se han podido solucionar, entre otras:

  • El conflicto armado ha aumentado en intensidad y crueldad y la violencia no ha cedido terreno.
  • Persisten las violaciones a los Derechos Humanos por parte de los actores del conflicto armado, por lo que varias entidades internacionales califican la situación colombiana como una de las más graves del mundo.
  • La impunidad, frente al conjunto de los delitos, no ha disminuido en su totalidad, a pesar de las reformas a la justicia y del aumento del gasto público en este campo.
  • En la actualidad se calcula que un juez de la República puede estar atendiendo hasta 3.000 casos, lo que lleva
  • a que muchos delincuentes queden en libertad por vencimiento de términos.
  • No hay un incremento sensible de participación democrática, aunque es la época de la historia del país en la que se cuenta con más herramientas y escenarios para intervenir en los asuntos del Estado. Para algunos, la explicación es que los ciudadanos apenas se están familiarizando con esta nueva práctica y siguen esperando que el Estado resuelva las necesidades básicas. Otros consideran que hay funcionarios públicos que obstaculizan la participación, pues ven en ella una injerencia molesta y se sienten vigilados por la ciudadanía.
  • La profunda recesión económica que afrontó el país en la última década del siglo XX, llevó a un masivo desempleo por la quiebra de centenares de empresas y la reducción del Estado con el consecuente despido de miles de empleados públicos.

LOS PODERES EN COLOMBIA

Colombia tiene un régimen político presidencialista por cuanto sobre el Presidente de la República, es la cabeza del Ejecutivo, sobre el jefe de Estado se centra toda la responsabilidad de los actos que se desarrollen en el Gobierno.

En sentido estricto, el Gobierno es el poder público, que entre nosotros es la Rama Ejecutiva. El Gobierno lo constituye el Presidente de la República, los Ministros de los despachos y los Directores de los Departamentos Administrativos.

En el ámbito central hacen parte de la rama ejecutiva: la Presidencia de la República, los Ministerios, los Departamentos Administrativos, las Superintendencias, los Establecimientos Públicos y las Empresas Comerciales Industriales del Estado.

A nivel seccional y local forman parte de esta rama Ejecutiva: las Gobernaciones y Alcaldías. (Art. 115 C.N)

Es una responsabilidad compartida, El Estado concentra y ejerce el poder a través de la elaboración y aplicación de leyes, con las cuales impone conductas y comportamientos y tiene la facultad para castigar las acciones contrarias a la ley, utilizando mecanismos como las multas o la cárcel.

De acuerdo con el grado en que el Estado concentra un mayor o menor poder, se evidencia si el gobierno es dictatorial, autoritario o democrático. Estas diferentes formas de concentración del poder han estado presentes a lo largo de la historia en diferentes lugares del planeta.

Como ejemplos de gobierno dictatorial en Colombia, se pueden nombrar el de Simón Bolívar, cuando expidió en 1828, el Decreto Orgánico de la Dictadura con el que suprimió la vicepresidencia y el Congreso, y concentró todos los poderes en sus manos. RAMA EJECUTIVA

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA: es el jefe de Estado en la República.

REQUISITOS para ser PRESDIENTE O SER ELEGIDO A LA RAMA

Ser colombiano de nacimiento.

Ciudadano en ejercicio.

Mayor de treinta años de edad.

Su elección es por un período de cuatro años, en votación directa por el pueblo, por un número de sufragios igual o superior a la mitad mas uno del monto de la votación total que se deposite en la elección.

Cuando no se alcance tal mayoría, tres semanas después de la fecha en que se celebró la elección se llevará a cabo otra, pero en esta sólo serán candidatos los dos aspirantes que hubieran obtenido las votaciones más altas y será elegido quien resulte con el mayor numero de sufragios en esta segunda vuelta electoral.

Para esta segunda vuelta sólo se podrá inscribir un nuevo candidato en caso de muerte o incapacidad física permanente de alguno de los que en la primera hayan obtenido las mayorías.

El Presidente deberá tomar posesión del cargo ante el Congreso y si por alguna circunstancia esto no es posible, entonces lo hará ante la Corte Suprema de Justicia, o ante dos testigos cuando tampoco lo pudiere hacer ante esta corporación. (Art. 192 C.N)

El Presidente de la republica cuando desee trasladarse a territorio extranjero durante el ejercicio de su cargo siempre debe hacerlo previo aviso al Senado o, en receso de éste, a la Corte Suprema de Justicia, pues, si omite esa formalidad incurre en abandono del cargo. En caso de que se traslade a territorio extranjero dejará un ministro delegatario para que ejerza ciertas funciones presidenciales según la ley.

La reelección es valida en Colombia solo para Presidente y Vicepresidente

Tampoco podrá ser elegido Presidente, quien haya perdido la investidura de congresista; condenado a penas privativas de la libertad por sentencia judicial, o quien se haya desempeñado cargos que la Constitución enumera. (Art. 197 C. N.)

La Responsabilidad del Presidente en el ejercicio de su cargo se refiere a sus actos u omisiones oficiales que violen la Constitución o las leyes.

Las gobernaciones son de carácter departamental y sus mandatarios son nombrados en elecciones para períodos de cuatro años, al igual que los alcaldes, concejales, ediles y diputados. El gobernador se encarga de promover el desarrollo, la planeación y mantener el orden público en su departamento. Alcaldes y gobernadores sus funciones son de promover el desarrollo económico y social, las obras y los servicios públicos, y el mantenimiento del orden público en su distrito o municipio.

FUNCIONES

  • Tiene Constitucionalmente las siguientes facultades según el Art. 189 C.N.
  • Nombrar y separar libremente a los Ministros del despacho y a los Directores de Departamentos Administrativos.
  • Dirigir las relaciones internacionales que se someterán a la aprobación del congreso.
  • Dirigir la fuerza pública y disponer de ella como Comandante Supremo de las fuerzas armadas de la República.
  • Conservar en todo el territorio el orden público y restablecerlo donde fuera turbado.
  • Dirigir las operaciones de guerra cuando lo estime conveniente.
  • Proveer a la seguridad exterior de la República, defendiendo la independencia, la honra de la Nación y la inviolabilidad del territorio; declarar la guerra con permiso del Senado.
  • Permitir, el receso del Senado, previo dictamen del Consejo de Estado, el transito de tropas extranjeras por el territorio de la República.
  • Instalar y clausurar las sesiones del Congreso en cada legislatura.
  • Sancionar las leyes, Promulgar las leyes, obedecerlas y velar por su estricto cumplimiento.
  • Conceder permiso a los empleados públicos nacionales que los soliciten para aceptar, con carácter temporal, cargos o mercedes de gobiernos extranjeros.
  • Conferir grados a los miembros de las fuerzas armadas y someter para aprobación del Senado los que correspondan.
  • Velar por la estricta recaudación y administración de las rentas y caudales públicos y decretar su inversión de acuerdo con las leyes.
  • Ejercer la inspección y vigilancia de la prestación de los servicios públicos.
  • Ejercer de acuerdo con la ley, la inspección vigilancia y control sobre las personas que realicen actividades financieras, bursátil, aseguradora y cualquiera otra relacionada con el manejo, aprovechamiento o inversión de recursos captados del publico.

VICEPRESIDENTE

Persona facultada para suplir las faltas absolutas y definitivas del Presidente.

Este dignatario es elegido por votación popular con el Presidente, el mismo día, en la misma fórmula política y tendrá igual periodo que este.

Se le confieren las mismas faltas absolutas y temporales que al presidente, asume las mismas atribuciones y responsabilidades.

Cuando falte en forma absoluta el vicepresidente, el Congreso se reunirá con el fin de hacer la elección de quien haya que reemplazarlo para el resto del periodo (Art. 205 C. N.)

son funciones DEL GOBIERNO ante el congreso. Según el Art. 200 C.N.

Presentar proyectos de ley por intermedio de los ministros.

Convocarlo a sesiones extraordinarias

Presentar el Plan Nacional de Desarrollo e Inversiones, para su aprobación

Enviar, para iniciar trámite de aprobación, el proyecto de rentas y gastos a la Cámara de Representantes

Rendir los informes que sean solicitados por el Congreso, sobre asuntos que no sean reservados

Prestar apoyo a las Cámaras cuando estas lo soliciten, poniendo a su disposición la fuerza pública.

LOS MINISTERIOS.

Son organismos creados para la dirección, coordinación y ejecución de una serie de servicios públicos. El número de ellos lo determina la ley así como su orden de precedencia.

Ministerio del Interior y de Justicia

Ministerio de Relaciones Exteriores

Ministerio de Hacienda

Ministerio de Defensa Nacional

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

Ministerio de Protección Social

Ministerio de Energía, Minas y Transporte

Ministerio de Comercio Exterior

Ministerio de Guerra Exterior

Ministerio de Educación Nacional

Ministerio de Comunicaciones

Ministerio de Cultura

Ministerio del Medio Ambiente y Desarrollo

Los ministros son voceros del Gobierno ante el Congreso y están facultados para presentar proyectos de ley a nombre de aquel, para atender las citaciones que las Cámaras le hagan en ejercicio del control político y para tomar parte en los debates de éstas en asuntos que sean de competencia de sus ministerios.

PODER LEGISLATIVO

Congreso bicameral formado por el Senado (Ciento dos miembros elegidos por circunscripción nacional para un termino de 4 años y un número adicional de 2 senadores elegidos en circunscripción nacional por comunidades indígenas) y la Cámara de Representantes (Ciento sesenta y un miembros elegidos por 4 años, dos representantes por cada circunscripción nacional y uno más por cada 250.000 habitantes o fracción mayor de 25.000).

RAMA LEGISLATIVA

CONFORMADA:

CONGRESO. Senado de la Republica y

Cámara de Representantes

FUNCIONES O COMPETENCIAS:

Elaboración de normas que rigen la vida del país, Entonces, el poder Legislativo = hacer la ley.

Facultad de Reformar la Constitución = Poder Constituyente

Ejercer Control político sobre el gobierno y la administración

COMISIONES DEL CONGRESO

Constitucionales Permanentes = Son siete y las tiene cada Cámara.

Legales = Derechos Humanos - ética - estatuto del congresista y de acreditación documental.

Especiales = Vigilancia = de los órganos de control - organismos electorales - de procesos de descentralización y ordenamiento territorial.

Accidentales o de Conciliadores= Para superar las discrepancias.

FUNCIONES EXCEPCIONALES

Judicial: Juzga por responsabilidad política a los altos funcionario del Estado Arts 174 -175.

Electoral para elegir altos funcionarios del Estado Arts141-173-6-75

Administrativas para su organización y funcionamiento arts 150 -20

Para emplazar a cualquier persona Natural o Jurídica Art.137.

De protocolo para recibir Jefes de Estado o de Gobierno Art 141

El Poder Judicial

La Constitución prevé que la administración de justicia en Colombia está a cargo de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscalía General de la Nación, los diversos tribunales y jueces y el sistema de justicia penal militar. La Constitución establece que la administración de justicia constituye una función pública. La judicatura goza de independencia para adoptar sus decisiones y sus procedimientos son públicos.

Corresponde a lA RAMA JUDICIAL

Prestar a los funcionarios judiciales los auxilios necesarios para que sean efectivas sus providencias.

Conceder indulto por delitos políticos e informar al congreso sobre el ejercicio de esta facultad.

Intervenir en nombramiento de ciertos funcionarios judiciales. Así para la elección de magistrados de la Corte Constitucional debe enviar ternas al Senado; para la elección del Fiscal General esta obligado a hacer llegar terna a la Corte Suprema de Justicia; y remitir siete ternas al Congreso para la elección de magistrados de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Concejo Superior de Judicatura.

a. La Corte Suprema

La Corte Suprema es el competente para investigar y juzgar a determinadas autoridades de alto nivel en primera instancia por cualquier trasgresión punible de la que sean acusados. Esas autoridades son el Presidente de la República, los miembros del Gabinete, el Fiscal General, el Procurador General, el Defensor del Pueblo, otras autoridades de alto rango y miembros del Congreso. La Corte Suprema actúa también como Tribunal de Casación, inclusive en casos que se ventilan ante el sistema de justicia penal militar.

b. El Consejo de Estado

El Consejo de Estado es el tribunal o contencioso-administrativo entiende en acciones de nulidad basadas en inconstitucionalidad de decretos dictados por el Gobierno Nacional que no sean de competencia de la Corte Constitucional. También entiende en casos de ilegalidad de actos administrativos nacionales dictados por cualquiera de los poderes de Gobierno o por entidades privadas que cumplan funciones públicas

c. La Corte Constitucional: tiene a su cargo varias funciones, incluidas las siguientes:

  • falla en casos planteados por ciudadanos en que se impugnen por inconstitucionalidad actos de enmienda de la Constitución, por vicios de procedimiento;
  • decide si la convocatoria de un referéndum o una asamblea constituyente para enmendar la Constitución es compatible con la Constitución, cuando se aducen errores procesales;
  • falla en casos planteados por ciudadanos en que se impugnen por inconstitucionalidad leyes o decretos con fuerza de ley, por razones procesales o sustantivas;
  • se pronuncia sobre la constitucionalidad de los decretos dictados por el Gobierno conforme a una declaración de estado de emergencia;
  • se pronuncia sobre la constitucionalidad de los proyectos de leyes que el Gobierno haya impugnado como inconstitucionales por razones procesales o sustantivas;
  • revisa las decisiones de tribunales inferiores referentes a las acciones instauradas para la protección de ciertos derechos constitucionales (acciones "de tutela");
  • se pronuncia sobre la constitucionalidad de los tratados internacionales.

d. La Fiscalía General de la Nación

La Fiscalía General de la Nación está formada por el Fiscal General, los fiscales delegados y otros funcionarios.

La Fiscalía General es competente para adoptar medidas, a partir de denuncias, encaminadas a investigar delitos y acusar a los sospechosos

e. El Consejo Superior de la Judicatura

El Consejo Superior de la Judicatura cumple entre otras las siguientes funciones, por ejemplo, prepara listas de candidatos para nombramientos en el poder judicial, castiga las faltas cometidas por miembros de la judicatura y abogados en ejercicio de su profesión, controla el desempeño de los bufetes de abogados y prepara el proyecto de presupuesto del Poder Judicial. También influye considerablemente en lo referentes a violaciones de derechos humanos.

f. Tribunales penales militares: Conocen de:

De los delitos cometidos por los miembros de la Fuerza Pública en servicio activo y en relación con el mismo servicio, conocerán las cortes marciales o tribunales militares, con arreglo a las prescripciones del Código Penal Militar.

Órganos de control

El Estado a través de la Constitución Colombiana creo "los órganos de control", que no pertenecen a ninguno de los tres poderes principales. Se trata de:

Ministerio Público compuesto por:

Procurador General de La Nación: cuyo objetivo es vigilar los actos de todos los funcionarios de la Administración pública, tanto civiles como militares. Y

Defensor del pueblo: cuya misión es promover y proteger los derechos humanos en todo el estado Colombiano

Contraloría General de la República: vigila el gasto de los dineros públicos o del estado, y los bienes del estado.

Trabajo.

Que es Conmoción interior

Que es Inmunidad

Que es Recesión

Hacer un ensayo sobre los avances y ventajas para la población Colombiana Con la Constitución de 1991

Reconocimiento y protección judicial de los derechos Humanos

Reducción de la impunidad en ciertos casos de corrupción política, concejales y funcionarios publicos.

Cuales fueron los nuevos mecanismos de participación creados por la constitución de 1991 favor enunciarlos y hablar de estos.

¿Cuáles son algunas dificultades que persisten después de la constitución de 1991?

Formas de participación

La ley define formas de participación a través de las cuales los ciudadanos pueden presentar iniciativas legislativas; ser
consultados en el proceso de toma de decisiones públicas y fiscalizar la gestión de los funcionarios del Estado. Los ciudadanos colombianos pueden participar en los procesos democráticos del país a través de los siguientes mecanismos:

Iniciativa popular legislativa y normativa ante las corporaciones públicas. Es el derecho político de un grupo de ciudadanos de proponer proyectos de leyes nacionales, ordenanzas departamentales y decretos municipales.

Referendo. Es la convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica, o derogue o no, una norma ya vigente.

Plebiscito. Es el pronunciamiento del pueblo convocado por el Presidente de la República, mediante el cual apoya o rechaza una determinada decisión del Ejecutivo.

Consulta popular. Es un llamado al pueblo para que dé su asentimiento o rechazo a la adopción de medidas importantes para la vida colectiva. La decisión del pueblo es de obligatorio cumplimiento.

Cabildo abierto. Es la reunión de los
concejos distritales, municipales o de las Juntas Administradoras Locales, en las cuales los habitantes pueden participar directamente con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad.

Participación administrativa. Es la participación de los particulares y las organizaciones civiles en la gestión administrativa de determinadas entidades.

Veedurías ciudadanas. Es la participación en la vigilancia de la gestión pública, sus resultados y la prestación de los servicios públicos.

Revocatoria del mandato. Es un derecho político por medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que le han conferido a un gobernador o alcalde.

Descentralización para la participación

La Constitución de 1886 tuvo un carácter centralista, heredado de la Colonia, a partir del cual se ejercía un control férreo y autoritario del gobierno, de la economía y de la política.

Con la Constitución de 1991 se inició un proceso de descentralización del Estado, que en lo político es sinónimo de poder democrático, compartido y consensual; en lo administrativo significa que las funciones locales deben estar en manos de los municipios y en lo económico se refiere a una mejor distribución de los recursos según sus necesidades.

Para reflexionar

La participación también se proyectó a nuevos escenarios como los servicios públicos domiciliarios, la educación, la vivienda, la recreación, el deporte y el medio ambiente.

También se convirtieron en espacios de participación la planeación del desarrollo nacional y municipal, el control de las autoridades públicas, la celebración de contratos públicos y el cumplimiento de las funciones administrativas.

Ejemplo de este proceso descentralizador en la planeación del desarrollo es el Distrito Capital, donde se realizan en septiembre de cada año, encuentros ciudadanos en las localidades con el propósito de que las comunidades organizadas y los habitantes del sector expongan las prioridades para invertir los recursos del presupuesto del siguiente período.

Situación similar se presenta en el departamento de Nariño, donde la participación de las comunidades en los últimos diez años ha cambiado el panorama político local, pues la mayoría de municipios y la gobernación actual (2004-2008) están en manos de sectores de la izquierda democrática y de grupos independientes diferentes a los partidos tradicionales.

Así mismo, se destaca la participación de las mujeres en la administración pública, de los jóvenes en los Consejos Locales de Juventud, y de los indígenas y afro colombianos que tienen asiento en el Congreso de la República y deben ser consultados en la toma de decisiones del Estado, en especial cuando éstas afecten sus territorios o sus culturas.

En lo referente a la producción y al trabajo, los mecanismos de participación reconocen el derecho a la negociación colectiva, a la huelga, y en materia de participación política existen nuevas reglas que permiten la intervención de partidos diferentes a los tradicionales liberal y conservador.

Aunque se reconoce que se han dado grandes avances en el proceso descentralizados todavía se debe fortalecer la coordinación entre los departamentos, los municipios, los distritos y la nación y fomentar una mayor participación que favorezca el desarrollo de las comunidades y un mejor nivel de vida

Trabajo Individual

Realizar un ensayo sobre que es la participación y cuales son las ventajas para la población Colombina. Mínimo 2 hojas es para la carpeta